Arizona

Orden ejecutiva fija los límites de la inmunidad legislativa

PHOENIX- El gobernador Doug Ducey firmó este viernes una orden ejecutiva que deja en claro: nadie está por encima de la ley.

La orden ejecutiva aclara que los oficiales que trabajan para el Estado de Arizona tienen la autoridad constitucional y legal para responsabilizar a los funcionarios electos cuando ponen en peligro la seguridad pública con violaciones criminales, incluyendo exceso de velocidad, conducir imprudentemente y conducir bajo la influencia del alcohol o drogas.

El republicano Paul Mosley fue detenido el 27 de marzo, luego de que manejaba a 97 mph en una zona de 55 en una carretera cerca de Parker, Arizona.

Además, el documento precisa que la Constitución limita la aplicación de la denominada "inmunidad legislativa" a hechos ocurridos durante el periodo de sesiones legislativas y 15 días antes al inicio de las mismas.

 
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Ley Ducey (Text)

Específicamente, la orden ejecutiva instruye:

1. Los funcionarios estatales, incluidos los del Departamento de Seguridad Pública, el Departamento de Transporte y cualquier otra agencia del Estado que pueda estar en condiciones de hacer cumplir las infracciones penales de tráfico, deberán considerar cualquier infracción penal que ponga en peligro la seguridad de otro que incluye, pero no se limita a, exceso de velocidad criminal, manejo imprudente y manejar bajo la influencia, como una "violación de la paz" bajo el Título 4, Sección 6, Parte 2 de la Constitución de Arizona. Es claro en algunos casos recientes dichas leyes han sido violadas, y tenemos la responsabilidad de hacer cumplir la ley en estos casos.

2. Los funcionarios estatales limitarán estrictamente la aplicación del Título 4, Sección 6, Parte 2 de la Constitución de Arizona, a las circunstancias donde se aplica la inmunidad durante la sesión legislativa y los 15 días inmediatamente anteriores al inicio de la sesión.

3. Se alienta a todas las agencias del orden a adoptar esta política en lo que se refiere al Título 4, Sección 6, Parte 2 de la Constitución de Arizona.

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